Juicios

Dos caminos, un mismo objetivo: obtener tu ciudadanía italiana

Si no podés acceder a la ciudadanía por vía administrativa, existen dos caminos judiciales posibles:

  • Juicio por Vía Materna: cuando hay una mujer en la línea de descendencia y su hijo nació antes del 1 de enero de 1948.
  • Juicio por Demora Consular: cuando es imposible conseguir turno en el consulado de tu país o cuando el turno es para dentro de más de un año.

Excepción de inconstitucionalidad

A cualquiera de estos dos juicios se le agrega una excepción de inconstitucionalidad en caso de que tu caso esté afectado por los cambios introducidos por la nueva Ley de Ciudadanía Italiana (Ley 74/2025). Es importante aclarar que no existe un juicio exclusivo por inconstitucionalidad: esta se presenta como argumento adicional dentro de un juicio ya iniciado por alguna de las dos vías mencionadas.

No es necesario viajar a Italia para iniciar el juicio.

✔ Se otorga un poder legal a nuestro estudio para representarte ante el tribunal.

✔ El juicio se presenta en el Tribunal italiano correspondiente al comune de nacimiento del avo.

✔ Es obligatoria la representación legal por parte de un abogado.

✔ Estar en Italia no acelera el juicio.

✔ Si querés permanecer en Italia durante el proceso, debés contar con una visa válida (trabajo, estudio, WHV, etc.).

Los documentos son los mismos que se exigen por vía administrativa:

✔ Actas de nacimiento, matrimonio, defunción, sin saltos generacionales.

✔ Certificado de No Renuncia (CNE) del emigrado italiano.

✔ Todos deben estar: original + legalización + apostilla + traducción + sello consular o asseverazione en Italia.

✔ Poder firmado ante escribano público (en tu país o en Roma).

Juicio por Vía Materna

Corresponde si en tu línea de descendencia hay una mujer cuyo hijo nació antes del 1 de enero de 1948. En esos casos, por la jurisprudencia vigente, se requiere acción judicial para el reconocimiento de la ciudadanía.

Juicio por Demora Consular

Este juicio se presenta cuando:

  • Te dieron turno en el consulado para dentro de más de un año.
  • Intentaste en reiteradas ocasiones obtener turno y fue imposible.
  • En estos casos se debe demostrar documentalmente la mora consular (capturas de pantalla, cartas documentos, etc.).

Basados en más de 15 años de experiencia, los tiempos son muy variables. El promedio es de 8 a 24 meses, pero pueden surgir imprevistos: cambios de jueces, demoras del tribunal, documentos extraviados, etc. Siempre se busca que el proceso sea lo más ágil posible, pero hay factores fuera de nuestro control.

Fase 1

  • El costo depende de la cantidad de solicitantes.
  • Podés calcularlo con nuestro formulario interactivo más abajo.

Fase 2 (Opcional)

  • Notificación acelerada: €800 + impuestos.

Fase 3 (Opcional)

  • Transcripción de sentencia y actas: €800 aproximadamente según gastos y comuna.

Cada juez y tribunal puede tener interpretaciones distintas, sobre todo en causas donde se incluye la excepción de inconstitucionalidad. En caso de rechazo, nuestro estudio renuncia al saldo pendiente, es decir, no se paga la segunda parte del juicio.

Es importante aclarar que el procedimiento judicial es exactamente igual para cualquiera de los dos maneras de realizar el juicio.

1. Presentación de la demanda (Atto di Citazione)

La demanda judicial se presenta contra el Ministerio del Interior de Italia, redactada en dos partes:

  • Hechos: tu historia, documentos, pruebas.
  • Derecho: marco legal, jurisprudencia y la excepción de inconstitucionalidad si corresponde.

2. Fases del juicio

Fase 1: Sentencia de Reconocimiento
  • Redacción y presentación de la demanda.
  • Notificación al Ministerio del Interior.
  • Fecha de audiencia y su celebración.
  • Emisión de la sentencia favorable.
Fase 2: Notificación de la Sentencia
  • El cliente puede esperar 6 meses para que la sentencia quede firme.
  • O bien puede optar por notificación acelerada (30 días) a través de nuestro estudio legal. (opcional)
Fase 3: Transcripción de la Sentencia y Actas
  • Puede realizarla el cliente por cuenta propia
  • O encargársela a nuestro estudio con nuevo poder legal. (opcional)

Quiero Empezar mi Juicio

Completa el formulario y nos ponemos en contacto para comenzar tu juicio antes de que sea tarde.

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